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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/01/1996

Núm. Acuerdo: 91/1996

Núm. Expediente: 351/405

Autor: Administración General del Estado

Objeto:

Relación de entidades locales menores en las que se pueden constituir las Juntas Vecinales, en las que no se pueden constituir al no haberse nombrado ningún vocal o haberse nombrado solo un vocal y de aquéllas donde se ha proclamado Alcaldes Pedáneos, al no haberse presentado candidatura o no haberse obtenido ningún voto.

Acuerdo:

Trasladar a la Diputación Provincial de Burgos en orden a que informe del proceso de constitución de las Juntas Vecinales y, en su caso, de designación de los órganos gestores a regir dichas entidades, a propuesta de los representantes de las entidades políticas

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS

ENTIDADES LOCALES MENORES

JUNTAS VECINALES

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