Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/01/1996
Núm. Acuerdo: 74/1996
Núm. Expediente: 340/36
Autor: | Formaciones políticas |
Objeto:
Consulta de Unión Centrista, si el representante general de un partido político puede nombrar directamente a los administradores de las candidaturas provinciales.
Acuerdo:
Comunicar que el representante general ha de designar a los representantes de las candidaturas en los términos previstos en el artículo 168 LOREG. Estos representantes de las candidaturas, según dispone el artículo 174.2 del mismo texto legal, o en su caso el representante general de la entidad política, han de designar a los administradores de las candidaturas.
Por la Secretaría se hace entrega de las disposiciones de aplicación a las próximas elecciones del 3 de marzo de 1996, publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) desde la última sesión de la Junta, cuya relación se acompaña como anejo a la presente acta.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1996
Descriptores de materia:
ADMINISTRADORES ELECTORALES
REPRESENTANTE ELECTORAL