Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/02/1996
Núm. Acuerdo: 125/1996
Núm. Expediente: 283/180
Objeto:
Normas relativas a la publicación de las candidaturas proclamadas.
Acuerdo:
Como complemento del acuerdo de esta Junta Electoral Central de 22 de 1996, en relación a la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el próximo día 6 de febrero de las CANDIDATURAS PROCLAMADAS a las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, convocadas por Real decreto 1/1996, de 8 de enero, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, se remite la siguiente circular:
Las candidaturas se remitirán tecleadas a máquina o, en su caso, en mayúsculas perfectamente legibles. Se evitará, en consecuencia, la remisión de fotocopia de los impresos presentados por las entidades políticas con los nombres de los candidatos.
Cuando todos los candidatos de la entidad política pertenezcan a la misma se evitará poner entre paréntesis, y a continuación del nombre del candidato, la denominación de dicha entidad política.
En las candidaturas al Senado se situará siempre tras cada titular su suplente; es decir se evitará que figuren en primer término los titulares por orden alfabético y a continuación los suplentes, pues cada suplente lo es del candidato titular.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1996
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Presentación
CANDIDATURAS - Proclamación