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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/02/1996

Núm. Acuerdo: 225/1996

Núm. Expediente: 359/61

Autor: Otros

Objeto:

Plazo para certificación del voto por correo.

Acuerdo:

Remitir circular a las Juntas Electorales Provinciales para su traslado a las de Zona en el sentido de que:

Las Oficinas de Correos admitirán los sobres conteniendo el voto por correo que se certifiquen hoy, día 29 de febrero, o mañana, día 1 de marzo.

Los Servicios de Correos extremarán el celo y dispondrán de todos los efectivos posibles para entregarlos en las Mesas correspondientes el próximo domingo antes del cierre de los colegios electorales, si bien no cabe garantizar este extremo por haberse realizado fuera de plazo la certificación.

En consecuencia, los votos certificados el día 29 de febrero o el 1 de marzo en las oficinas de correos que se reciban por las Mesas electorales el día 3 de marzo, antes de las 20 horas, serán escrutados por dichas mesas.

Descriptores de materia:

PLAZOS

VOTO POR CORRESPONDENCIA

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