Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/03/1996
Núm. Acuerdo: 235/1996
Núm. Expediente: 271/26
Autor: | Formaciones políticas |
Objeto:
Consulta de Izquierda Unida (IU), sobre interpretación de los artículos 28 y 78.4 LOREG
Acuerdo:
Comunicar que los artículos 28.1 y 78.4 LOREG atribuyen a los miembros de las Mesas electorales y a los interventores el derecho a disfrutar de un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral, así como, cualquiera que sea su turno de trabajo, a la reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES