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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/06/1996

Núm. Acuerdo: 330/1996

Núm. Expediente: 341/158

Autor: Otros

Objeto:

Consulta sobre si el importe de las subvenciones que correspondan a las formaciones políticas por envíos electorales puede ser abonado exclusivamente al Partido Popular (PP).

Acuerdo:

Comunicar que, conforme al acuerdo de esta Junta Electoral Central de 15 de julio de 1994, dictado a consulta de esa Dirección General, los electores de las circunscripciones de Navarra y Aragón en las que el Partido Popular (PP) concurrió en coalición con Unión del Pueblo Navarro y el Partido Aragonés, respectivamente, han de sumarse a los del resto de las circunscripciones donde el Partido Popular presentó candidatura y ello por cuanto el citado artículo 175.3 a) LOREG se refiere a candidaturas que hubieran obtenido el número de Diputados o Senadores o de votos precisos para constituir grupo parlamentario.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 1996

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Anticipos

GRUPOS PARLAMENTARIOS

PROPAGANDA ELECTORAL

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