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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/06/1996

Núm. Acuerdo: 333/1996

Núm. Expediente: 251/97

Autor: Alcalde
Ayuntamiento

Objeto:

Consultas sobre posible incompatibilidad entre el cargo de concejal y determinadas funciones.

Acuerdo:

1º. La declaración de la incompatibilidad entre el desempeño del cargo de concejal y cualquier otro cargo o función corresponde al Pleno de la Corporación Local, conforme a la normativa de régimen local.

2º. El artículo 178.2.b) L.O.R.E.G. establece que son incompatibles con el cargo de concejal "los Directores de Servicios, funcionarios o restante personal en activo del respectivo Ayuntamiento y de las entidades y establecimientos dependientes de él", de cuyo contenido se infiere que no cabe el desempeño simultáneo del cargo de concejal y de funciones como personal del Ayuntamiento o de entidades dependientes de él.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

TRABAJADORES POR CUENTA AJENA

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