Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 17/06/1996
Núm. Acuerdo: 333/1996
Núm. Expediente: 251/97
Autor: | Alcalde |
Ayuntamiento |
Objeto:
Consultas sobre posible incompatibilidad entre el cargo de concejal y determinadas funciones.
Acuerdo:
1º. La declaración de la incompatibilidad entre el desempeño del cargo de concejal y cualquier otro cargo o función corresponde al Pleno de la Corporación Local, conforme a la normativa de régimen local.
2º. El artículo 178.2.b) L.O.R.E.G. establece que son incompatibles con el cargo de concejal "los Directores de Servicios, funcionarios o restante personal en activo del respectivo Ayuntamiento y de las entidades y establecimientos dependientes de él", de cuyo contenido se infiere que no cabe el desempeño simultáneo del cargo de concejal y de funciones como personal del Ayuntamiento o de entidades dependientes de él.
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Incompatibilidad
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