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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/11/1996

Núm. Acuerdo: 394/1996

Núm. Expediente: 351/484

Autor: Ayuntamiento
Alcalde

Objeto:

Consulta ante no toma de posesión de concejal de Ayuntamiento ni de presentación de la obligatoria declaración de bienes e intereses.

Acuerdo:

Trasladar que según tiene reiteradamente acordado esta Junta Electoral Central (JEC), el artículo 108.6 LOREG establece que para adquirir la plena condición de sus cargos los candidatos electos, aparte de jurar o prometer acatamiento a la Constitución han de cumplimentar los demás requisitos exigidos por las leyes o reglamentos, remisión que respecto de los cargos representantivos locales se ha de entender al artículo 75.5 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local; no obstante el no cumplimiento de dichos requisitos no comporta consecuencia alguna de régimen electoral no implicando en ningún caso privación del cargo.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Toma de posesión

DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES Y BIENES

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