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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/07/1997

Núm. Acuerdo: 88/1997

Núm. Expediente: 351/540

Autor: Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Horcajo de la Sierra (Madrid)

Objeto:

Consulta sobre validez de acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento con el voto de concejala renunciante.

Acuerdo:

Trasladar que, sin perjuicio de que la validez o nulidad de acuerdos municipales es una cuestión de régimen local y no de naturaleza electoral, el criterio adoptado por esta Junta Electoral Central, confirmado por varias sentencias contencioso electorales, es que la renuncia de un concejal es irrevocable desde la presentación del correspondiente escrito.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Renuncia

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