Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/04/1997
Núm. Acuerdo: 157/1997
Núm. Expediente: 251/108
Autor: | Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva de Tapia (Málaga) |
Objeto:
Consultas sobre incompatibilidad de concejal y Director de sucursal bancaria y licitud de diferentes actuaciones llevadas a cabo.
Acuerdo:
Reiterar que, sin perjuicio de que la competencia para resolver en materia de incompatibilidad corresponde a la Corporación local, la alusión como incompatibilidad con el cargo de concejal en el artículo 178.2 c) de la L.O.R.E.G. a los Directores Generales o asimilados de determinadas Cajas de Ahorro debe entenderse en sus propios términos, esto es, a quienes ostenten la condición de Director General o asimilado en las entidades y no como referida a los Directores de una concreta oficina o sucursal de una Caja.
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Incompatibilidad