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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/04/1998

Núm. Acuerdo: 39/1998

Núm. Expediente: 351/614

Autor: Particulares

Objeto:

Consulta de la entidad local menor (ELM), La Barca de la Florida (Jerez de la Frontera, Cádiz), sobre la forma de designación de los vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores.

Acuerdo:

Conforme al artículo 199, apartados 4, 5 y 6, de la LOREG, la designación de estos vocales se hace de conformidad con los resultados de las elecciones para el Ayuntamiento en la Sección o Secciones constitutivas de las entidades locales menores, designando el representante de cada candidatura, entre los electores de la entidad local menor, el número de vocales que le corresponda según la determinación hecha por la Junta Electoral de Zona aplicando el procedimiento establecido en el artículo 163 de la LOREG, si bien, en cuanto a la previsión del apartado 1.a) de este mismo artículo en el sentido de que no se tengan en cuenta las candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el tres por ciento de los votos válidos emitidos en la circunscripción, el porcentaje a aplicar habrá de ser del cinco por ciento, que es el que el artículo 180 LOREG establece en relación con las elecciones locales.

Descriptores de materia:

VOCALES DE JUNTAS VECINALES

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