Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 15/07/1998
Núm. Acuerdo: 84/1998
Núm. Expediente: 101/6
Autor: | Consejo General del Poder Judicial |
Objeto:
Acuerdo de la Comisión Permanente de 9 de julio de 1.998 sobre el de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 26 de junio en relación con la dedicación exclusiva a las funciones propias de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco del Presidente de la citada Junta, Presidente del Tribunal Superior de Justicia.
Acuerdo:
Trasladar que esta Junta Electoral Central, en resoluciones de 28 de abril de 1993, 30 de mayo de 1994 y 20 de octubre de 1995, tiene acordado que la dedicación exclusiva a las funciones propias de la administración electoral previstas legalmente para los Presidentes de determinadas Juntas Electorales, ha de entenderse como dedicación preferente a las tareas electorales.
Comunicar el presente acuerdo a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco y al Consejo General del Poder Judicial
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
PRESIDENTES DE JUNTAS ELECTORALES
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES