Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/02/1999
Núm. Acuerdo: 19/1999
Núm. Expediente: 349/72
Autor: | Grupo Nacionalista Unió Valenciana |
Objeto:
Diversas consultas sobre derecho a percepción de subvención por gastos electorales, especialmente en relación con mailing.
Acuerdo:
La subvención de los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral es, en el caso de las elecciones al Parlamento Europeo, la fijada en el artículo 227.3 de la LOREG y con sujeción a los requisitos establecidos en el mismo, siendo igual el importe de la subvención para cualquier clase de entidad política y sin que corresponda a esta Junta entrar en la forma de distribución de la subvención, en el caso de coaliciones, entre los distintos partidos coaligados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 1999
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Requisitos
MAILING
PROPAGANDA ELECTORAL