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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 04/02/1999

Núm. Acuerdo: 19/1999

Núm. Expediente: 349/72

Autor: Grupo Nacionalista Unió Valenciana

Objeto:

Diversas consultas sobre derecho a percepción de subvención por gastos electorales, especialmente en relación con mailing.

Acuerdo:

La subvención de los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral es, en el caso de las elecciones al Parlamento Europeo, la fijada en el artículo 227.3 de la LOREG y con sujeción a los requisitos establecidos en el mismo, siendo igual el importe de la subvención para cualquier clase de entidad política y sin que corresponda a esta Junta entrar en la forma de distribución de la subvención, en el caso de coaliciones, entre los distintos partidos coaligados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1999

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Requisitos

MAILING

PROPAGANDA ELECTORAL

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