Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 15/03/1999
Núm. Acuerdo: 32/1999
Núm. Expediente: 321/80
Autor: | Presidente de la Junta Electoral de Les Illes Balears |
Objeto:
Consulta de la Presidencia del Gobierno Balear sobre posibilidad de que, en relación con el voto del CERA, la Oficina del Censo Electoral de Baleares pueda realizar dos envíos diferentes, uno con las papeletas de las candidaturas a la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Les Illes Balears y otro con las papeletas correspondientes a las candidaturas al Parlamento Europeo, a fin de evitar la dependencia de unas y otras para realizar el envío.
Acuerdo:
Trasladar que no cabe admitir la citada posibilidad, dados los efectos contraproducentes que se podrían ocasionar y la perturbación a los efectos del derecho del ejercicio de sufragio, conforme se expone en el informe de la Oficina del Censo Electoral, del cual se remitirá copia a la Junta Electoral consultante.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento de las Illes Balears 1999
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
ELECCIONES SIMULTÁNEAS
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES