Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/05/1999
Núm. Acuerdo: 184/1999
Núm. Expediente: 283/243
Autor: | Miguel López Gaspar. Málaga |
Objeto:
Necesidad de comparecer con abogado y procurador en los recursos previstos en los artículos 49.1 y 49.4 de la LOREG.
Acuerdo:
Es necesario proceder al nombramiento de procurador y abogado para ejercitar los recursos previstos en el artículo 49 de la LOREG, si bien, dado lo perentorio de los plazos y la naturaleza de interés público que ele proceso electoral implica, no cabe proceder al nombramiento de abogado y procurador de oficio.
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Presentación