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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/05/1999

Núm. Acuerdo: 167/1999

Núm. Expediente: 351/658

Autor: Secretario Técnico de la Federación Aragonesa de Municipios y Provincias

Objeto:

Consulta sobre asignación de puestos de Diputados Provinciales.

Acuerdo:

Esta Junta Electoral Central tiene acordado que en el caso de concurrencia de diversas listas de concejales para la elección de Diputados Provinciales de una misma entidad política, la asignación de los puestos de Diputados Provinciales se realizará mediante la aplicación supletoria de lo dispuesto en el artículo 163 de la LOREG.

Dispuesta por el órgano jurisdiccional competente la suspensión de la ejecución de una pena que determine la inelegibilidad del penado, no es de aplicación la correspondiente causa de inelegibilidad.

Descriptores de materia:

DIPUTADOS PROVINCIALES - Elegibilidad

DIPUTADOS PROVINCIALES - Número

ELECCIONES DE DIPUTADOS PROVINCIALES

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