Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/05/1999
Núm. Acuerdo: 167/1999
Núm. Expediente: 351/658
Autor: | Secretario Técnico de la Federación Aragonesa de Municipios y Provincias |
Objeto:
Consulta sobre asignación de puestos de Diputados Provinciales.
Acuerdo:
Esta Junta Electoral Central tiene acordado que en el caso de concurrencia de diversas listas de concejales para la elección de Diputados Provinciales de una misma entidad política, la asignación de los puestos de Diputados Provinciales se realizará mediante la aplicación supletoria de lo dispuesto en el artículo 163 de la LOREG.
Dispuesta por el órgano jurisdiccional competente la suspensión de la ejecución de una pena que determine la inelegibilidad del penado, no es de aplicación la correspondiente causa de inelegibilidad.
Descriptores de materia:
DIPUTADOS PROVINCIALES - Elegibilidad
DIPUTADOS PROVINCIALES - Número
ELECCIONES DE DIPUTADOS PROVINCIALES