Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/1999

Núm. Acuerdo: 273/1999

Núm. Expediente: 283/273

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Zona de San Lorenzo de El Escorial (Madrid)

Objeto:

Consulta sobre la posibilidad de modificación de una candidatura.

Acuerdo:

No cabe modificar la candidatura una vez presentada, salvo por renuncia de algún candidato, lo que abre la posibilidad de que se designe un nuevo candidato en el lugar del renunciante en el trámite de subsanación previsto en el artículo 47.2 de la LOREG. Tampoco cabe la exclusión de un candidato contra la voluntad del mismo, ni tampoco la alteración del orden de los candidatos una vez presentada la candidatura. Asimismo, esta Junta Electoral tiene reiteradamente acordado que cabe admitir la designación de representantes de las candidaturas fuera de los plazos fijados en el artículo 186 de la LOREG, sin que esta designación extemporánea de los representantes sea obstáculo para la proclamación de la candidatura, siempre que esté presentada dentro de plazo por el representante ya designado.

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Presentación

   Volver