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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/05/1999

Núm. Acuerdo: 334/1999

Núm. Expediente: 283/291

Autor: Secretario del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 5 de Madrid

Objeto:

Recurso interpuesto por la Coalición Los Verdes Las Izquierdas de los Pueblos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 5 de Madrid contra los acuerdos desestimatorios de esta Junta Electoral Central de la impugnación de la candidatura de la que forma parte Els Verds Confederació Ecologista de Catalunya (Els Verds CEC), y, asimismo, contra el acuerdo de esta Junta Electoral Central de proclamación de la mencionada candidatura.

Acuerdo:

1º. Ratificar el informe de la Presidencia de 21 de mayo de 1999 en el recurso de referencia.

2º. Tomar conocimiento de la sentencia número 48/1999, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid, de 22 de mayo cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Debo desestimar y desestimo el recurso interpuesto y en consecuencia no anular ni modificar la candidatura de la Coalición Nacionalista+Europa de los Pueblos en la forma en que ha sido proclamada por la Junta Electoral Central para las próximas Elecciones Europeas."

Informe de la Presidencia de 21 de mayo de 1.999 en el recurso de referencia:

Habiéndose recibido, en el día de la fecha, copia del recurso interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LOREG, por la coalición Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos contra Els Verds-CEC, (que se presenta en coalición con otros cuatro partidos como Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 5 de Madrid, esta Junta Electoral Central remite fotocopia del expediente y de la documentación que obra en poder de la misma, y eleva a V.E. el siguiente

INFORME

I

Mediante escrito de 16 de abril de 1999, D. R. A. A., representante de la coalición denominada "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos" comunicó a esta Junta Electoral Central, la constitución de la misma y los partidos integrantes de ella, a saber, Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco, Eusko Alkartasuna, Esquerra Republicana de Catalunya y Unió Mallorquina; así como la intención de la mencionada coalición de participar en las elecciones de 13 de junio de 1999 al Parlamento Europeo. Asimismo, en el escrito constitutivo de la coalición se hacía constar la adhesión a Esquerra Republicana de Catalunya -integrante de la coalición- del partido político Els Verds-CEC, cuyas siglas y símbolos aparecerían como identificativas de la coalición en el ámbito de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Valencia.

II

Con fecha de 7 de mayo el representante general de "Coalición Nacionalista + Europa  de los Pueblos" presentó ante esta Junta Electoral Central la candidatura al Parlamento Europeo de la coalición por él representada. Junto con la candidatura completa de la mencionada coalición, acogiéndose a la posibilidad prevista en el artículo 222 de la LOREG, presentó, además, un escrito en el que hacía mención de la denominación, siglas y candidatos que habrían de constar en las papeletas de la candidatura que se difundieran en el ámbito de Cataluña y Valencia.

III

Publicada la candidatura presentada ante esta Junta Electoral Central en el BOE el día 12 de mayo, (documento nº. 4), en esta misma fecha el representante general de la coalición electoral Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos denunció, ante esta Junta Electoral Central, irregularidades apreciadas en la candidatura de "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos", por cuanto formando parte de la misma aparece Els Verds-CEC, partido que, a su vez, forma parte de la Federación de Los Verdes y que, por tanto, no puede presentarse a las elecciones de junio formando parte de otra entidad política diferente de la Fedración de Los Verdes.

IV

Habiéndose acordado por esta Junta Electoral Central trasladar el escrito de impugnación de la candidatura a la entidad política denunciada, a los efectos de que pudiera alegar lo que tuviera por conveniente, el Representante de la candidatura "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos", remitió a esta Junta Electoral Central el escrito de alegaciones. En dicho escrito, el representante de "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos", entre otras cosas, declaraba "que Els Verds-CEC es un partido legalmente constituído e inscrito en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, en fecha de 4 de marzo de 1994, en el volumen III, folio 23 del libro de inscripciones, por lo que goza de personalidad jurídica propia y diferenciada. Como prueba al efecto aportaba copia del certificado emitido por el Registro de Partidos Políticos referente a la Federación de Los Verdes, en el que no consta que forme parte de la misma Els Verds-CEC.

V

Ante la situación descrita, dado que de las certificaciones del Registro de Partidos Políticos no consta claramente que Els Verds-CEC forme parte de la Federación Los Verdes, dado que, en cambio, aparece como entidad política diferenciada en el certificado que se expidió a esta Junta Electoral Central y que se aporta como documento nº. 7, y dado, finalmente, que tanto Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos como Els Verds-CEC tienen ante esta Junta Electoral Central representantes debidamente acreditados, en sesión de 17 de mayo se acordó proclamar ambas candidaturas, "Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos" y "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos", de la que forma parte el partido político Els Verds-CEC; ello siguiendo doctrina reiterada del Tribunal Constitucional en Sentencias 70 y 71/1995, de 11 de mayo; 72/1995, de 12 de mayo; y 75/1995, de 17 de mayo.

VI

La proclamación de la candidatura "Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos", así como la de "Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos", se publicó en el Boletín Oficial del Estado, en fecha 18 de mayo de 1999.

VII

Interpuesto recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 5 de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la LOREG, por la entidad política Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos contra la proclamación de la candidatura Coalición Nacionalista + Europa de los Pueblos, de la que forma parte Els Verds-CEC, solicitado informe a esta Junta Electoral Central, la misma ratifica en el presente informe el acuerdo adoptado el día 17 de los corrientes.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1999

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Proclamación

COALICIONES ELECTORALES

RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS

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