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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/05/1999

Núm. Acuerdo: 333/1999

Núm. Expediente: 283/292

Autor: Magistrado Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 6 de Madrid

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Político Los Verdes ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 6 de Madrid, contra el acuerdo de esta Junta Electoral Central de proclamación de la candidatura de Los Verdes-Grupo Verde, de 17 de mayo de 1999.

Acuerdo:

1º. Ratificar el informe de la Presidencia de 20 de mayo de 1999.

2º. Tomar conocimiento de la sentencia número 38/99, de 21 de mayo de 1999, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Que desestimando el recurso formulado por el partido político "Los Verdes" contra el acuerdo de la Junta Electoral Central de fecha 17/05/1999 por el que se decide proclamar las candidaturas en la forma en que se han presentado por el partido político "Los Verdes-Grupo Verde", declaro la conformidad a Derecho del citado acuerdo confirmando el mismo."

Informe de la Presidencia de 20 de mayo de 1.999 en el recurso de referencia:

Habiéndose recibido, en el día de la fecha, copia del recurso interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LOREG, por el Partido Político Los Verdes contra la proclamación de la candidatura Los Verdes-Grupo Verde, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 6 de Madrid, esta Junta Electoral Central remite fotocopia del expediente y de la documentación que obra en poder de la misma, y eleva a V.E. el siguiente

INFORME

I

Con fecha de 10 de mayo de 1999, se presentó ante esta Junta Electoral Central la candidatura de Los Verdes-Grupo Verde para las elecciones de 13 de junio de 1999 al Parlamento Europeo por el representante general de la mencionada entidad política. Asimismo, presentó en forma y plazo ante esta Junta Electoral Central las denominaciones específicas de la candidatura por él representada para las distintas Comunidades Autónomas, con sus logotipos correspondientes.

II

Publicada la candidatura presentada ante esta Junta Electoral Central en el BOE el día 12 de mayo, en esta misma fecha la representante general del Partido Político Los Verdes denunció, ante esta Junta Electoral Central, irregularidades en la candidatura Los Verdes-Grupo Verde, reclamando como propia tanto la denominación de "Los Verdes" como el símbolo de "la flor del girasol".

III

Habiéndose acordado por esta Junta Electoral Central trasladar el escrito de impugnación de la candidatura de Los Verdes-Grupo Verde a los denunciados a los efectos de que pudieran alegar lo que tuvieran por conveniente, el representante de la mencionada candidatura Los Verdes-Grupo Verde, remitió a esta Junta Electoral Central el escrito de alegaciones. En dicho escrito, el representante de Los Verdes-Grupo Verde reclamaba, asimismo, la denominación de "Los Verdes" y el símbolo de "la flor del girasol", aportando como prueba certificado del Registro de Partidos Políticos al efecto y denuncia, asimismo presentada ante esta Junta Electoral Central, de la candidatura de Los Verdes, formando coalición con Las Izquierdas de los Pueblos.

IV

Ante la situación descrita, dadas las impugnaciones recíprocas de las candidaturas Los Verdes-Grupo Verde y Los Verdes (en coalición con Las Izquierdas de los Pueblos) y dado, asimismo, que ambas entidades políticas constan en el Registro de Partidos Políticos y tienen ante esta Junta Electoral Central representantes acreditados, en sesión de 17 de mayo se acordó proclamar ambas candidaturas, siguiendo doctrina reiterada del Tribunal Constitucional en Sentencias 70 y 71/1995, de 11 de mayo; 72/1995, de 12 de mayo; y 75/1995, de 17 de mayo.

V

La proclamación de la candidatura de Los Verdes-Grupo Verde, así como la de Los Verdes-Las Izquierdas de los Pueblos, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, en fecha 18 de mayo de 1999.

VI

Interpuesto recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 6 de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la LOREG, por el Partido Político Los Verdes contra la proclamación de la candidatura Los Verdes-Grupo Verde, y solicitado informe a esta Junta Electoral Central, la misma ratifica en el presente informe el acuerdo adoptado el día 17 de los corrientes.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1999

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Proclamación

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS

RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS

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