Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 24/05/1999
Núm. Acuerdo: 314/1999
Núm. Expediente: 140/67
Autor: | María Jesús Padrón Morales. Federación Canaria de Municipios |
Objeto:
Consulta sobre pena en la que se incurriría por no concurrir los miembros de las Mesas Electorales a desempeñar sus funciones el día de celebración de las elecciones.
Acuerdo:
Con arreglo a la Disposición Transitoria Undécima del Código Penal vigente, la pena de arresto mayor ha de entenderse sustituida por la de arresto de siete a quince fines de semana; y la de multa de 30.000 a 300.000 pesetas, por las de multa de tres a diez meses, o bien, de dos a tres meses, según los casos previstos en las letras f) y g) de la citada Disposición.
Descriptores de materia:
INFRACCIONES Y DELITOS ELECTORALES
MESAS ELECTORALES - Miembros