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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/06/1999

Núm. Acuerdo: 354/1999

Núm. Expediente: 341/176

Autor: Representante General de Euskal Herritarrok

Objeto:

Consulta acerca de la posibilidad de la llevanza de una contabilidad conjunta para los procesos electorales del 13 de junio.

Acuerdo:

En el supuesto de convocatoria, para su celebración en la misma fecha, de varios procesos electorales, dada la práctica imposibilidad de deslindar el destino específico de cada gasto a uno y otro proceso electoral, debe admitirse la posibilidad de llevanza de una contabilidad conjunta y única para los varios procesos electorales convocados. Sin embargo, en el caso de que uno de los procesos electorales convocados sea el autonómico, dada su naturaleza distinta y, sobre todo la distinta competencia en orden al control de los gastos electorales y al pago de las subvenciones, no cabe autorizar la presentación de contabilidad conjunta para las elecciones a una Asamblea Autonómica y elecciones municipales o europeas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1999

Descriptores de materia:

CUENTAS ELECTORALES

ELECCIONES SIMULTÁNEAS

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