Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/06/1999
Núm. Acuerdo: 368/1999
Núm. Expediente: 310/121
Autor: | Sr. Secretario de Bollullos Par del Condado (Huelva) |
Objeto:
El Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado (Huelva) expone la imposibilidad física de ubicar todas las papeletas electorales en el interior de las cabinas, dado que éstas sólo disponen de 25 casilleros.
Acuerdo:
Trasladar al consultante el informe de la Dirección General de Política Interior:
Informe del Ministerio del Interior en el que comunica que el Real Decreto 605/1999, de 29 de abril, en su artículo 3 precisa la posibilidad de utilizar una mesa dispuesta junto a las cabinas en las que se encontrará a disposición del elector un número suficiente de sobres y papeletas de cada candidatura.
Descriptores de materia:
CABINAS DE VOTACIÓN, URNAS
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES