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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/06/1999

Núm. Acuerdo: 412/1999

Núm. Expediente: 290/534

Autor: Representante General de la Coalición Iniciativa per Catalunya Verds Entesa pel Progres Municipal

Objeto:

Solicitud del representante general de la coalición electoral Iniciativa per Catalunya Verds Entesa pel Progres Municipal de que la Junta Electoral Central se dirija al Consejo de Administración de RTVE a los efectos de que se modifique la distribución del tiempo acordada para la cobertura informativa de TVE a Cataluña.

Acuerdo:

Trasladar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LOREG y la delegación realizada por esta Junta Electoral Central en la Instrucción de 17 de mayo la Junta Electoral competente a los efectos de garantizar el respeto al pluralismo político y social y la neutralidad informativa es la Junta Electoral Provincial en la que radique el centro emisor de los informativos regionales de Radio Televisión Española, la cual podrá, en su caso, requerir al medio a los efectos de asegurar los mencionados principios de pluralismo político y neutralidad informativa.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

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