Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/06/1999
Núm. Acuerdo: 442/1999
Núm. Expediente: 320/142
Autor: | Consejero Director General de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos |
Objeto:
Consulta sobre el modo de proceder con relación a sobres recibidos por los Servicios de Correos sin indicar municipio, código postal y provincia.
Acuerdo:
Trasladar que en el caso de sobres de voto por correo en los que no conste cuál es el colegio electoral destinatario de los mismos, deben remitirse a las Juntas Electorales Provinciales correspondientes cuando conste el municipio o la provincia, a los solos efectos de que se abran los sobres y se compruebe por la certificación del censo la Mesa a que deben remitirse; o ante la imposibilidad de remitirse los mencionados sobres de voto por correo a las Juntas Provinciales correspondientes, se remitirán, a los mismos efectos, a esta Junta Electoral Central.
Descriptores de materia:
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES - Irregularidades
VOTO POR CORRESPONDENCIA