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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/06/1999

Núm. Acuerdo: 503/1999

Núm. Expediente: 333/123

Autor: Representante de Convergència i Unió

Objeto:

Recurso interpuesto contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de El Vendrell, resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Torredembarra.

Acuerdo:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Con fecha 19 de junio de 1999 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por el representante de Convergència i Unió contra el acuerdo del anterior día 18, de la Junta Electoral de Zona de El Vendrell, resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Torredembarra, recurso cuya pretensión consiste en que se declare la validez de determinadas papeletas declaradas nulas en cuatro Mesas Electorales.

SEGUNDO. Se ha tramitado el recurso conforme a lo previsto en el artículo 108.3 de la LOREG.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO. Entre las papeletas cuya validez se postula en el recurso, se encuentra una, correspondiente a voto emitido en la Mesa 1 5 B, que simplemente tiene una cruz junto al candidato cabeza de lista, papeleta que debe considerarse válida, conforme al reiterado criterio de esta Junta Electoral Central, recogido en el Manual para Miembros de las Mesas Electorales supervisado con el parecer favorable de la Junta en la sesión de 15 de marzo de 1999, con arreglo al cual, es válido el voto emitido en papeleta que contenga algún subrayado, señal o marca que no suponga intención de exclusión, enmienda o tacha de cualquiera de los candidatos que figuren en la papeleta ni altere el orden de colocación, siempre que, como ocurre en esta caso, resulte clara la voluntad del elector. No ocurre lo mismo con las restantes papeletas cuya validez se postula, ya que se trata de votos para las elecciones municipales en los que el elector introduce en el sobre papeletas correspondientes a las de Diputados al Parlamento Europeo, sin que, por tanto, pueda tenerse en tal caso por inequívoca la voluntad del elector, dada la distinta clase de elección y los distintos candidatos que optan en uno y otro caso.

ACUERDO. La Junta Electoral Central en su reunión del día de la fecha acuerda estimar parcialmente el recurso de referencia, en el sentido de reconocer la validez de un voto declarado nulo en la Mesa 1 5 B y trasladar a la Junta Electoral de Zona de El Vendrell que habrá de realizar la proclamación de electos en el Ayuntamiento de Torredembarra conforme al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta, si bien añadiendo un voto más a favor de la candidatura de Convergència i Unió.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1999

Descriptores de materia:

ESCRUTINIO

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES - Irregularidades

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

VOTOS VÁLIDOS Y NULOS

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