Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 13/09/1999
Núm. Acuerdo: 661/1999
Núm. Expediente: 320/150
Autor: | Felisa Yécora Soto |
Objeto:
Queja de un particular por no habérsele permitido votar personalmente en la mesa electoral en las elecciones del 13 de junio.
Acuerdo:
Trasladar que quienes solicitan la documentación para votar por correo no pueden votar personalmente en la Mesa. Trasladar, asimismo, que el Presidente de la Mesa electoral tiene autoridad exclusiva en el local electoral y el acto electoral se desarrolla bajo su dirección y responsabilidad, pudiendo éste consultar a la Junta Electoral correspondiente cuantas cuestiones se le planteen.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1999
Descriptores de materia:
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
ELECCIONES AUTONÓMICAS
VOTO POR CORRESPONDENCIA