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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 27/09/1999

Núm. Acuerdo: 675/1999

Núm. Expediente: 202/57

Autor: Secretaria General de la Agencia de Protección de Datos

Objeto:

Consulta sobre la legalidad de la utilización de datos de carácter personal, obtenidos del censo, en período de campaña electoral.

Acuerdo:

Trasladar a la Secretaría General de la Agencia de Protección de Datos y al consultante que, conforme al artículo 41.5 de la LOREG, los representantes de las candidaturas pueden obtener una copia del censo del distrito correspondiente, en soporte apto para su tratamiento informático, que podrá ser utilizado exclusivamente para los fines previstos en dicha Ley y que, al no tipificarse como infracción electoral la utilización de datos del censo en actos de campaña electoral, el uso supuestamente indebido de dichos datos podrá combatirse mediante denuncia ante la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, a través del ejercicio de las pertinentes acciones judiciales.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Datos

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