Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/12/1999
Núm. Acuerdo: 747/1999
Núm. Expediente: 251/177
Autor: | Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Ciudad Autónoma de Ceuta |
Objeto:
Consulta sobre incompatibilidad de la condición de Diputado del Congreso y Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Acuerdo:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 154.2 de la LOREG son inelegibles para el Congreso de los Diputados los Presidentes y miembros de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, estableciéndose en el artículo 155.1 de la misma Ley que las causas de inelegibilidad de los Diputados y Senadores lo son también de incompatibilidad.
Descriptores de materia:
DIPUTADOS AL CONGRESO
INCOMPATIBILIDAD
PRESIDENTES DE COMUNIDAD AUTÓNOMA