Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/12/1999
Núm. Acuerdo: 748/1999
Núm. Expediente: 359/118
Autor: | María del Carmen Barrio Yangüas |
Objeto:
Consulta sobre la constitución de la Alcaldía del municipio de San Cristóbal de Segovia, segregado del de Palazuelos de Eresma.
Acuerdo:
Durante el período que medie desde la creación del nuevo municipio de San Cristóbal de Segovia y la celebración de las siguientes elecciones municipales, según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades locales (R.D. 1690/1986, de 11 de julio), el nuevo municipio se regirá y administrará por una Comisión Gestora, designada por la Diputación Provincial de Segovia, con arreglo a los resultados de las elecciones municipales del 13 de junio de 1999 en la Mesa (o Mesas) del municipio segregado. El número de miembros de la citada Comisión Gestora habrá de ser determinado por la Administración Electoral en función de la escala prevista en el artículo 179 de la LOREG. Ejercerá las funciones de Alcalde el Presidente de la Comisión Gestora, elegido por los Vocales de la Comisión de entre ellos.
Descriptores de materia:
COMISIÓN GESTORA - Constitución
COMISIÓN GESTORA - Miembros
MUNICIPIOS - Segregación
MUNICIPIOS DE MÁS DE 250 HABITANTES