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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/06/1999

Núm. Acuerdo: 850/1999

Núm. Expediente: 290/617

Autor: Representante General del PSOE

Objeto:

Reclamación del Partido Socialista Obrero Español contra TVE por violación de los principios de neutralidad política, objetividad, veracidad, proporcionalidad e imparcialidad en sus espacios informativos.

Acuerdo:

Trasladar al Ente Público Radiotelevisión Española que el respeto a los principios de pluralismo político y social y de neutralidad informativa de los medios de comunicación de titularidad pública en periodo electoral, a que se refiere el artículo 66 de la LOREG y, en función de dichos principios, el tratamiento equitativo a todas las entidades políticas, tanto en lo que se refiere al minutaje en su día otorgado a cada entidad política en cuanto al seguimiento de sus respectivas campañas electorales como en lo atinente a la información ofrecida en los diversos espacios y programaciones de Televisión Española, debe proyectar su efectividad de manera separada en cuanto al cómputo de la proporcionalidad, en relación, por una parte, con los telediarios de la primera cadena, por otra parte en relación con los informativos de la segunda cadena y, finalmente, también de modo separado en cuanto a la restante programación de Televisión Española, según la respectiva audiencia de unos y otros programas.

Descriptores de materia:

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

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