Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 20/01/2000
Núm. Acuerdo: 11/2000
Núm. Expediente: 351/731
Autor: | Ayuntamiento |
Objeto:
Consulta sobre la interpretación del artículo 163 de la L.O.R.E.G. en cuanto al mantenimiento o eliminación de los decimales que resultan de los cocientes, a los efectos de determinar los representantes del Ayuntamiento de referencia en la Mancomunidad de la Ribera Baixa.
Acuerdo:
Trasladar que esta Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que cuando para la asignación de un determinado puesto coincidan en las cifras enteras los cocientes electorales de dos candidaturas se irán sacando los decimales hasta que los cocientes sean distintos, porque la L.O.R.E.G. no autoriza ningún redondeo.
Trasladar asimismo que de la aplicación de la regla D'Hondt al caso en cuestión resulta la siguiente distribución de representantes del Ayuntamiento de Cullera en la Asamblea General de la Mancomunidad de la Ribera Baixa: 3 PP, 2 EU-APC y 2 PSOE.
Descriptores de materia:
ESCRUTINIO
RESULTADOS ELECTORALES
RESULTADOS ELECTORALES - Ley D'Hondt