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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/02/2000

Núm. Acuerdo: 81/2000

Núm. Expediente: 270/158

Autor: Junta Electoral de Comunidad Autónoma

Objeto:

Consulta sobre a quién hay que considerar representante legal del Partido Comunista del Pueblo Andaluz, existiendo disensión en el seno de la citada entidad política.

Acuerdo:

Trasladar que, constando en certificación librada por el Registro de Partidos Políticos que tanto el Sr G. como el Sr. M. -quienes cada uno por su parte se atribuyen la representanción legal del Partido Comunista del Pueblo Andaluz- han sido expulsados de citada formación política, esta Junta Electoral Central no ha acreditado a ninguno de ambos como representante legal del referido Partido a los efectos de las elecciones generales.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2000

Descriptores de materia:

CREDENCIALES DE REPRESENTANTES, APODERADOS E INTERVENTORES

PARTIDOS POLÍTICOS

REPRESENTANTE ELECTORAL

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