Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 09/02/2000
Núm. Acuerdo: 109/2000
Núm. Expediente: 283/327
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Presidente de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas. Consulta sobre la admisión de un ciudadano de nacionalidad marroquí como candidato suplente al Senado por el Partido Tagoror.
Acuerdo:
Trasladar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la LOREG, sólo son elegibles -en elecciones generales- los españoles mayores de edad que posean la cualidad de elector y no se encuentren incursos en causa de inelegibilidad.
Trasladar, asimismo, que dicha irregularidad puede subsanarse en el plazo que al efecto prevé el artículo 47.2 de la LOREG.
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
ELECCIONES GENERALES
EXTRANJEROS
SENADORES