Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 09/02/2000
Núm. Acuerdo: 88/2000
Núm. Expediente: 340/71
Autor: | Formaciones políticas |
Objeto:
Consulta sobre la necesidad de las coaliciones de obtener un CIF para utilizar en las transacciones económicas y las aperturas de cuentas electorales.
Acuerdo:
Trasladar que en cuanto a los requisitos necesarios a los efectos de apertura de la cuenta corriente electoral por una coalición habrá que estar a la normativa fiscal aplicable a los efectos referidos.
Descriptores de materia:
COALICIONES ELECTORALES
CUENTAS ELECTORALES