Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/02/2000

Núm. Acuerdo: 141/2000

Núm. Expediente: 283/333

Autor: J.L.S.S.

Objeto:

Denuncia de irregularidades en determinadas candidaturas.

Acuerdo:

"Trasladar al impugnante:

 1º.- Las denuncias de irregularidades contra las candidaturas presentadas y la impugnación de las proclamadas, han de sujetarse a los requisitos que en cuanto a personas legitimadas, plazo y órgano competente para su conocimiento y resolución, se establecen, respectivamente, en los artículos 47 y 49 de la LOREG, que determinan, entre otros aspectos, que las denuncias han de formularse ante las Juntas Electorales competentes para la proclamación, en este caso las Provinciales, y la impugnación de las candidaturas proclamadas, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.

2º.- De la certificación remitida por el Registro de Partidos Políticos en el momento  correspondiente del proceso electoral, se desprende que en dicho Registro consta como Presidente del partido Grupo Independiente Liberal Jesús Gil y Gil, sin que esta Junta tenga competencia para dilucidar la validez de las inscripciones practicadas en el referido Registro, cuyo conocimiento y resolución son de la exclusiva competencia de los órganos jurisdiccionales."

ACUERDO.-Desestimar el recurso por cuanto la Junta, ratificando la resolución de la Presidencia, entiende que las cuestiones relativas a supuestas irregularidades de las candidaturas, son de la competencia exclusiva de las Juntas competentes para la proclamación y las atinentes a la validez de las inscripciones en el Registro de Partidos Políticos pertenecen a los órganos judiciales competentes

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2000

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Presentación

IMPUGNACIÓN

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

   Volver