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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/02/2000

Núm. Acuerdo: 187/2000

Núm. Expediente: 140/83

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Solicita, con vistas a una correcta actuación de los miembros de las Mesas electorales, que esta Junta arbitre medidas tales como la impartición de un cursillo a los designados como miembros de Mesas, la habilitación de un servicio telefónico de información electoral para los mismos, y el incremento de la compensación económica por sus tareas.

Acuerdo:

Trasladar que cualquier ciudadano, con auxilio del Manual de instrucciones y bajo la supervisión de la Junta Electoral de Zona, está capacitado para desempeñar la función de miembro de Mesa electoral.

Trasladar, asimismo, que esta Junta Electoral Central no tiene competencia alguna en relación con las retribuciones del Presidente y los Vocales de las Mesas electorales, que se regulan por Orden Ministerial, según dispone el artículo 28.2 de la L.O.R.E.G.

Descriptores de materia:

MANUAL DE INSTRUCCIONES

MESAS ELECTORALES - Miembros

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