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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/03/2000

Núm. Acuerdo: 285/2000

Núm. Expediente: 330/52

Autor: D. E.A.P.

Objeto:

Reclama que se informe a la ciudadanía sobre el voto en blanco, cómo se emite y cuáles son sus consecuencias.

Acuerdo:

Trasladar que el voto en blanco es una opción del elector, contemplada como tal en la Ley Electoral que, en el artículo 96.5, establece que se considera voto en blanco -voto válido- el sobre que no contenga papeleta y, además, en las elecciones para el Senado, las papeletas que no contengan indicación a favor de ninguno de los candidatos.

Trasladar, asimismo, que no corresponde a esta Junta Electoral Central la realización de campañas informativas sobre los procedimientos de votación, sino a los poderes públicos que convoquen el peroceso electoral de que se trate.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2000

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

VOTOS EN BLANCO

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