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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/03/2000

Núm. Acuerdo: 262/2000

Núm. Expediente: 339/34

Autor: Técnico del Área del Ayuntamiento de la Villa de Adeje (Tenerife)

Objeto:

Consulta sobre el tiempo de permiso para votar el día de las elecciones que corresponde a un policía municipal.

Acuerdo:

Trasladar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, los electores que presten sus servicios el día de las elecciones podrán disponer de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, bien entendido que dicho tiempo de permiso viene referido al supuesto de desempeño del servicio en la jornada completa del día de la votación, siempre y cuando coincida total o parcialmente con el horario de apertura de los colegios electorales, reduciéndose proporcionalmente el tiempo en relación con la propia duración de la jornada.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

FUNCIONARIOS PÚBLICOS

PERMISO LEGAL

TRABAJADORES POR CUENTA AJENA

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