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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/03/2000

Núm. Acuerdo: 280/2000

Núm. Expediente: 290/842

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Madrid
Representante General del Partido Popular

Objeto:

Eleva recursos interpuestos por los representantes del PSOE y de Izquierda Unida contra acuerdo de la Junta Electoral de referencia de 1 de los corrientes estimando denuncia presentada por el Partido Popular contra acuerdo del Consejo de Administración de Telemadrid.

Solicita que la Junta Electoral Central ratifique el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid estimatorio del recurso interpuesto por el Partido Popular y que se le restituyan en los restantes días de campaña electoral los minutos que le han sido reconocidos por la Junta Electoral Provincial.

Acuerdo:

Desestimar los recursos de referencia por cuanto los mismos se limitan a reiterar los argumentos expuestos en el trámite de audiencia ante la Junta Electoral Provincial de Madrid, argumentos ya considerados por dicha Junta y que no invalidan el criterio consistente en que asignar el mismo tiempo de información electoral a formaciones políticas que, en las anteriores elecciones, obtuvieron, respectivamente, el 52,78 por ciento de los votos, el 29,16 y el 15,15, en el ámbito de difusión del medio, es contrario a la proporcionalidad que impone el principio de pluralismo consagrado en el artículo 66 de la LOREG, por lo que, en ejecución del acuerdo de la JEP de Madrid y del presente, deberá Telemadrid restablecer la proporcionalidad infringida mediante la facilitación de información suplementaria relativa al Partido Popular en el tiempo que resta de campaña electoral.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2000

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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