Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/03/2000
Núm. Acuerdo: 334/2000
Núm. Expediente: 331/137
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Eleva recurso interpuesto por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia de Gijón contra acuerdo de la Junta Electoral de referencia, de 6 de marzo, de designación del Juez al que corresponde desempeñar la misión a que se refiere el artículo 101 de la LOREG.
Acuerdo:
Inadmitir el recurso contra el referido acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias, por cuanto -según informa dicha Junta- no ha procedido al nombramiento del recurrente ni de ningún otro miembro de la carrera judicial para el desempeño de la función prevista en el artº. 101 de la LOREG, limitándose a responder a consulta evacuada por la Junta Electoral de Zona de Gijón; y, por cuanto, por otra parte, la designación de entre los Jueces de Primera Instancia e Instrucción, de lo Penal o de Paz de los que, en concreto, han de encargarse de recibir la documentación electoral es facultad discrecional de las Juntas Electorales -según doctrina reiterada de esta Junta Electoral Central- designación que habrá de hacerse en la forma que la Junta competente estime más conveniente en orden al mejor servicio de la Administración de Justicia y de la Administración Electoral.
Descriptores de materia:
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
PROCLAMACIÓN DE ELECTOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS