Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/03/2000
Núm. Acuerdo: 329/2000
Núm. Expediente: 140/88
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
El Ilmo. Sr. Presidente de la JEP de Las Palmas consulta si una persona ciega, desiganda como miembro de Mesa Electoral y que no desea excusarse, puede desempeñar la función. Manifiesta su disconformidad porque se le haya excluido de la Mesa electoral en función de su minusvalía física consistente en ceguera.
Acuerdo:
Reiterar el acuerdo de esta Junta de 29 de febrero pasado y trasladar que, no abstante, es preocupación constante de esta JEC hacer reales y efectivos los derechos de los ciudadanos, así como facilitar su particiapicón en la vida política.
Descriptores de materia:
MESAS ELECTORALES - Miembros
PERSONA CON DISCAPACIDAD