Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/03/2000
Núm. Acuerdo: 372/2000
Núm. Expediente: 140/107
Autor: | D. J.C.P. |
Objeto:
Queja por no habérsele permitido formar parte de la Mesa electoral para la que había sido nombrado Vocal por llegar a las 8 horas y 10 minutos al local de la votación.
Acuerdo:
Trasladar que, una vez constituida la Mesa electoral a las 8 horas, según dispone el artículo 80 de la LOREG., y levantada acta de la constitución de la misma, constando en dicha acta el Presidente y los Vocales asistentes -sean éstos titulares o suplentes- no procede dar posesión de su cargo al vocal que se presentó tardíamente para el desempeño de tal función, para la que fue sustituido por su suplente.
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
MESAS ELECTORALES - Miembros