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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/11/2000

Núm. Acuerdo: 473/2000

Núm. Expediente: 570/19

Autor: Excmo. Sr. Presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Sección Séptima

Objeto:

Telegrama, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y oficio acompañado de escrito de interposición del recurso 1/511/00, a los efectos de alegar sobre la suspensión solicitada. Varias solicitudes: A) De que se expida "acreditación de su nuevo reconocimiento como concejal"; B) De notificación del órgano que dictó la resolución de trámite de 16 de los corrientes; y C) De que se aclare quién acordó su cese como concejal.

Acuerdo:

A) Trasladar que no ha lugar al nuevo reconocimiento de la condición de concejal por cuanto, aparte de haberse denegado por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo nº 511/2000, la suspensión del acuerdo de esta Junta de expedir credencial de concejal al candidato siguiente, en los escritos de alegaciones formulados en trámite de audiencia concedido por la Secretaría de la Junta, se acredita que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado, en el recurso nº 1.211/2000 auto de 22 de noviembre por el que se acuerda el levantamiento de la medida cautelar interesada, dejando por consiguiente sin efecto el auto de 8 de noviembre dictado por la misma Sala.

B) Trasladar que, como consta en el referido acto, se adoptó el mismo por la Secretaria de la Junta, en cuanto órgano competente para la instrucción del procedimiento.

C) Trasladar que, como consta al solicitante, el cual tiene interpuesto ante el Tribunal Supremo recurso contencioso-administrativo contra acuerdo de esta Junta Electoral Central de expedición de credencial, así como, ante la Sala de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso también contencioso-administrativo contra el acuerdo municipal que declaró la vacante de concejal, fue este acuerdo municipal el que determinó la pérdida de la condición de concejal y el que dio lugar a que por la Junta Electoral Central se expidiera la correspondiente credencial al candidato siguiente.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Credenciales

CONCEJALES - Vacantes

RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS

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