Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/02/2001
Núm. Acuerdo: 21/2001
Núm. Expediente: 351/810
Autor: | Otros |
Objeto:
Renuncia del Alcalde Pedáneo y de la primera Vocal de la Junta Vecinal proponiendo la designación de sus sustitutos.
Acuerdo:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley 11/98, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, la sustitución del Alcalde Pedáneo corresponde a quien fue su suplente en la correspondiente candidatura, a tenor del artículo 59.1 de la misma ley, la sustitución como Vocal corresponde a quien fue su candidato suplente, la sustitución del otro Vocal se realiza, conforme al mismo artículo 59.1 por designación que corresponde realizar al nuevo Alcalde Pedáneo.
Descriptores de materia:
ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia
ALCALDES PEDÁNEOS - Sustitución
ENTIDADES LOCALES MENORES
VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Renuncia
VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Sustitución