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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 20/04/2001

Núm. Acuerdo: 45/2001

Núm. Expediente: 330/72

Autor: Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos

Objeto:

Consulta sobre documentación válida para identificación del solicitante de voto por correo.

Acuerdo:

Trasladar que, tal como se prevé en el artículo 6.1.b) de la Orden del Ministerio de Fomento de 22 de marzo de 2001 por la que se dictan normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones al Parlamento Vasco, los únicos documentos admisibles a los efectos de comprobación de la identidad del elector y coincidencia de la firma de la solicitud del voto por correo son el documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducción.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Vasco 2001

Descriptores de materia:

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL

VOTO POR CORRESPONDENCIA

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