Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 08/06/2001
Núm. Acuerdo: 84/2001
Núm. Expediente: 359/136
Autor: | Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén |
Objeto:
Solicitud de que por la Junta Electoral Central se determine el número de miembros de la Comisión Gestora que ha de regir el nuevo municipio de Arroyo del Ojanco, segregado del de Beas de Segura (Jaén).
Datos remitidos por la Junta Electoral Provincial de Jaén, por el Instituto Nacional de Estadística y la Oficina del Censo Electoral.
Acuerdo:
Trasladar que, con arreglo al artículo 179.1 de la L.O.R.E.G., en relación con el artículo 16, norma primera, del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, la Comisión Gestora del nuevo municipio de Arroyo del Ojanco, segregado del de Beas de Segura, ha de estar integrada por once vocales gestores, de los que, en función de los resultados de las últimas elecciones locales en las mesas relativas al citado nuevo municipio, corresponden siete a la Agrupación Electoral Arroyo del Ojanco (AEAO) y cuatro al Partido Socialista Obrero Español.
Comunicar la presente resolución a la Diputación Provincial de Jaén, a la correspondiente Junta Electoral Provincial y al Ayuntamiento de Beas de Segura.
Descriptores de materia:
COMISIÓN GESTORA - Constitución
COMISIÓN GESTORA - Miembros
OFICINA DEL CENSO ELECTORAL