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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/06/2001

Núm. Acuerdo: 76/2001

Núm. Expediente: 321/138

Autor: Bloque Nacionalista Galego
Representante General del Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Exposición de problemas relativos al voto de los residentes ausentes, a tener en cuenta en las próximas elecciones al Parlamento de Galicia.

Acuerdo:

1º. Como en cualquier otro proceso electoral, esta Junta, con ocasión de las próximas elecciones al Parlamento de Galicia, ejercerá cuantas funciones y competencias le atribuye la legislación vigente a los efectos de garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad, tanto en lo relativo a la elaboración del Censo Especial de Residentes Ausentes como a la autenticidad y carácter personal del ejercicio del derecho de sufragio y al control de la licitud de las actuaciones dirigidas a la captación del sufragio de cualesquiera electores.

2º. Trasladar a la Oficina del Censo Electoral y a la Dirección General de Asuntos Consulares que, en el marco de lo previsto en la legislación vigente en materia de elaboración y revisión del Censo Especial de Residentes Ausentes, deberán la citada OCE y las Oficinas Consulares, extremar el celo en la realización de las correspondientes operaciones, para asegurar al máximo posible la exactitud de las citadas listas censales.

3º. Trasladar a la Dirección General de Asuntos Consulares, que, en el ejercicio de las funciones de recepción de los votos entregados personalmente en las Oficinas Consulares por los electores inscritos en el CERA, deberán extremar el celo para comprobar que, tal como establece el artículo 75.3 de la LOREG, la documentación con el voto se entrega personalmente por los electores.

4º. Trasladar al Sr. Representante del Partido Socialista Obrero Español que, dado lo previsto en el artículo 75.3 de la LOREG, no cabe extender a las elecciones a una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma como es el Parlamento de Galicia, lo previsto en el artículo 190 de la LOREG específicamente para las elecciones municipales.

5º. Poner el presente acuerdo en conocimiento de los autores de los escritos de referencia, de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia y del Sr. Consejero de la Presidencia y Administración Pública de la Xunta de Galicia.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Galicia 2001

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

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