Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 23/07/2002
Núm. Acuerdo: 86/2002
Núm. Expediente: 251/230
Autor: | Pedro González-Trevijano. Rector de la Universidad Rey Juan Carlos |
Objeto:
Consulta sobre compatibilidad entre el cargo de Rector de la Universidad Rey Juan Carlos y miembro de la Junta Electoral Central.
Acuerdo:
Trasladar que del artículo 22 de la LOREG, especialmente su apartado 3º, se desprende la compatibilidad del cargo de Vocal de la Junta Electoral Central con el que constituye objeto de la consulta, siendo de tener en cuenta, además, que, conforme al artículo 16.1 de la misma Ley Orgánica, los miembros de las Juntas Electorales son inamovibles, criterio que, en el caso de la Junta Electoral Central, se completa con lo dispuesto en el artículo 9º.3 del mismo texto legal, en el sentido de que los Vocales de la misma "serán nombrados por Real Decreto y continuarán en su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral Central, al inicio de la siguiente legislatura."
Descriptores de materia:
JUNTA ELECTORAL CENTRAL
VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES - Incompatibilidad