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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/06/2002

Núm. Acuerdo: 68/2002

Núm. Expediente: 209/111

Autor: Directora de la Oficina del Censo Electoral

Objeto:

Informe sobre la depuración realizada en el Censo Electoral de españoles residentes en el extranjero (CERA). Continuación del informe de 20 de febrero de 2002 sobre depuración realizada en el Censo Electoral de Españoles Residentes en el Extranjero.

Acuerdo:

NOTA.-Entre las actuaciones previstas por la OCE para mejorar la calidad del CERA estaba prevista la depuración de los electores nacidos después de 1915, tarea que se planificaba llevar a cabo en cuatro o cinco meses, contando con la colaboración de los Consulados.

La Subdirección de Asuntos Sociales del Ministerio de Asuntos Exteriores manifiesta que los listados de los nacidos en 1916 sólo se podrán remitir a los Consulados a partir del próximo mes de junio. Por tal motivo la planificación prevista por la OCE va a retrasarse e incluso puede que no haya tiempo material para que su resultado quede incorporado en las listas electorales de las próximas elecciones municipales.

ACUERDO.-Tomar conocimiento y trasladar a la Subdirección de Asuntos Sociales del Ministerio de Asuntos Exteriores que deberá extremar la adopción de las medidas que permitan, en lo posible, la depuración del Censo a los efectos de las elecciones de 2003.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2003

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Datos

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