Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/10/2002
Núm. Acuerdo: 119/2002
Núm. Expediente: 280/47
Autor: | Concejal de Educación y Juventud del Ayuntamiento de L'Ametlla del Vallés |
Objeto:
Consulta sobre similitud de denominación de Agrupación de Electores y de Partido Político.
Acuerdo:
Trasladar que no puede una Agrupación de Electores, constituida a los efectos de un proceso electoral, oponer a otros electores en proceso distinto la titularidad exclusiva de una denominación electoral.
En el caso de coincidencia de la denominación de un partido político y una Agrupación de Electores, se otorgará preferencia a la denominación inscrita, es decir, a la denominación del partido político. Esta es una de las razones de que exista un Registro de Partidos Políticos con carácter público.
Descriptores de materia:
AGRUPACIONES DE ELECTORES
PARTIDOS POLÍTICOS